8 diciembre, 2020

NOTICIAS FALSAS SOBRE LOS SISTEMAS INTEGRADOS DE GESTIÓN Y LOS ENVASES DE PLÁSTICO.

NOTICIAS FALSAS SOBRE LOS SISTEMAS DE GESTIÓN DE LOS RESIDUOS DE ENVASES.  La repetición frecuente de una noticia falsa acaba por convertirla en verdad. Aunque utilizadas ancestralmente como engaño en las confrontaciones de interés de cualquier actividad, originan un grave problema de desinformación de la opinión publica que puede inducir a tomar decisiones erróneas, ocasionando graves consecuencias para los afectados. El tema es tan importante que Twitter impulso un estudio realizado por profesores del prestigioso Instituto Tecnológico de Massachusetts (MIT) que se publicó en 2018 en Science. El siguiente enlace accede al documento, en el que sorprende la tendencia a dar mayor credibilidad a las falsas noticias. Ir a Enlace Science Analizamos dos noticias recientes: Una es sobre la critica al modelo de recogida de residuos que se utiliza en España y a su eficiencia. La Ley 11/1997, de envases y residuos de envases, y el Real Decreto 782/1998, que aprueba el reglamento para el desarrollo de dicha Ley, ambos documentos de acceso publico en Internet, establecen las obligaciones de los envasadores y los comerciantes, si no se identifica a los primeros, en cuanto a la recogida de los envases usados y de los residuos de envases, que hayan puesto en el mercado. Esta normativa corresponde a la transposición de la Directiva 94/62/CE del Parlamento Europeo y del Consejo de diciembre de 1994, relativa a los envases y residuos de envases, que tiene como fundamento de derecho “el culpable repara los daños que causa” En esta normativa se establecen los modelos de recogida de residuos, que son de libre elección por los implicados siempre que cumplan los objetivos que establece dicha normativa. En España los afectados eligieron los Sistemas Integrados de Gestión (SIG, como ejemplo: ECOEMBES, ECOVIDRIO, SIGRE, etc. Algunas de las normas a cumplir por los mismos son: Tienen que constituirse como empresas sin animo de lucro y se constituyeron antes de la transposición de la Ley 11/1997, porque desde 1994, fecha que se aprueba la Directiva Europea, y por el borrador de transposición se conocía que la entrada en vigor de la Ley era al día siguiente de su publicación en el B.O.E, que fue el 24 de abril de 1997. Los SIG son autorizados por la Administración publica correspondiente y están reguladas sus relaciones con los interlocutores de su ámbito de trabajo dentro de un marco controlado. En cuanto a la eficiencia de recogida de envases en la UE, en las paginas 34 y 35 del Informe PlasticsEurope, al que puede accederse en el siguiente enlace, queda demostrado su competencia al mayor nivel en Europa. Ir a Informe PlasticsEurope 2019 Otra noticia reiterada relacionada con la anterior es difamar la recogida de envases de plastico en la Unión Europea (UE), al tratar todos los plásticos por igual. Los ciclos de vida de un envase para líquidos como: agua, refrescos, zumos, leche, aceite, etc., son inferiores a un año. Los plásticos empleados en vehículos, construcción o ingeniería tienen ciclos de vida superiores al año. En el enlace anterior podemos encontrar los siguientes datos. La demanda total de plásticos en la UE es de 51,2 millones de toneladas de las cuales 20,4 son de envases, el 39,9% De los 20,4 millones de envases se recogen como residuo 17,8 el 87,3 % El PET es un plástico totalmente reciclable mediante un proceso verificable en todas sus fases.